Grupo Ecopetrol generó más de 128 mil empleos en 2023 con contratistas
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Gobierno Petro autorizó a Ecopetrol para generar energía con fuentes renovables no convencionales

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El Decreto 1276 de 2023 del Ministerio de Minas y Energía de Colombia dio luz verde y/o autorización para que Ecopetrol pueda ejecutar proyectos de generación de fuentes no convencionales de energía renovable en La Guajira.

Es por eso que en la normativa se expresa “adiciónese al artículo 74 de la Ley 143 de 1994, el siguiente parágrafo transitorio”.

Ecopetrol podrá desarrollar y ejecutar proyectos de generación de Fuentes no Convencionales de Energía Renovable (FNCER) en el departamento de La Guajira, por sí mismo o mediante cualquier modalidad asociativa con terceros, incluyendo otras empresas industriales y comerciales del Estado.

La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) tomará las medidas necesarias para garantizar que, dentro del grupo empresarial Ecopetrol, se lleve a cabo el desarrollo separado, autónomo e independiente entre las actividades de transmisión y generación, mediante la segmentación funcional de la contabilidad, los equipos de trabajo o gerencias y el flujo de información.

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Lo anterior en ejercicio de la función de la CREG de propiciar la competencia en el sector de minas y energía y proponer la adopción de las medidas necesarias para impedir abusos de posición dominante.

Además de Ecopetrol, el Decreto muestra nuevos incentivos a esquemas de almacenamiento, baterías en La Guajira

Los beneficios tributarios establecidos en la Ley 1715 de 2014, modificada por la Ley 2099 de 2021, establecidos para Fuentes no Convencionales de Energías Renovables (FNCER), serán aplicables a los proyectos de almacenamiento de energía eléctrica, de baterías y de estabilidad de la red en La Guajira.

Gobierno Petro autorizó a Ecopetrol para generar energía con fuentes renovables no convencionales
Gobierno Petro autorizó a Ecopetrol para generar energía con fuentes renovables no convencionales. Imagen: Ecopetrol

Así como a los servicios complementarios de respuesta continua o de respuesta rápida de frecuencia, de desconexión rápida de cargas, de aporte de nivel de cortocircuito, de aporte de inercia, de reserva primaria y de compensación de frecuencia.

Estas medidas dejarán de regir al término de la siguiente vigencia fiscal, salvo que el Congreso de la República determine, dentro del año siguiente a la declaratoria del Estado de Emergencia Económica Social y Ecológica, una vigencia distinta.

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Según la normativa, lo anterior será para efectos de la aplicación de la Ley 1715 de 2014 y sus modificaciones quedan comprendidas en el concepto de gestión eficiente de energía las siguientes actividades: almacenamiento de energía eléctrica, de baterías y de estabilidad de la red.

Así como los servicios complementarios de respuesta continua o de respuesta rápida de frecuencia, de desconexión rápida de cargas, de aporte de nivel de cortocircuito y los demás mencionados anteriormente.

Para conocer más sobre el Decreto que autorizó a Ecopetrol a generar energía con fuentes renovables no convencionales haga clic aquí.

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