Impuesto predial
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Así cambiaría el predial en Colombia con proyecto del gobierno Petro; podría subir hasta 300 %

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El ministro de Hacienda, Ricardo Bonilla y la ministra de Agricultura de Colombia, Jhenifer Mojica, radicaron un proyecto de ley en el Congreso de la República que busca imponer límites en los aumentos que pagarían los dueños de bienes y terrenos por el impuesto predial.

Desde el Gobierno Petro se está buscando establecer límites para los aumentos que se han venido dando en algunos municipios y ciudades del país para el pago del impuesto predial.

Como antecedente, los concejos y alcaldías de varios municipios de Colombia tomaron decisiones de aumentos desmedidos para los dueños de bienes y terrenos debido a la mala interpretación o cálculos débiles con base en dos leyes que rigen el tema: la Ley 44 de 1990 y el artículo 23 de la Ley 1450 de 2011.

Uno de esos casos se presentó en el municipio de Choachí, Cundinamarca, en donde hay casos de aumentos de hasta 2.500 % debido a la desactualización de los avalúos catastrales.

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Ricardo Bonilla, ministro de Hacienda de Colombia, tras una Junta del Banco de la República
Ricardo Bonilla, ministro de Hacienda, entregó detalles del proyecto sobre predial en Colombia. Foto: Banco de la República

En la exposición de motivos, los ministros explicaron que esa mala práctica de los mandatarios regionales está llevando a la violación de los topes máximos para el aumento del impuesto predial que pagan los colombianos.

¿Subirá el predial para los dueños de bienes y predios con proyecto de gobierno Petro?

El texto radicado en el Congreso por parte de los ministros del presidente Gustavo Petro deja abierta la puerta para que haya incrementos de hasta 300 % en algunos de los predios.

Ese aumento se definirá en si el predio es urbano o rural, en cuál es su vocación de uso (ya sea habitacional, institucional, agropecuaria o comercial), así como su avalúo catastral.

Dentro del texto del proyecto de ley se detallan todos los topes de esos aumentos en el impuesto predial unificado que inician en:

Aumento de hasta el 50 % en el predial frente al año inmediatamente anterior para bienes que tengan un avalúo catastral menor o igual a 135 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV), es decir, que ese avalúo sea máximo de $156.600.000.

Aumento de hasta el 100 % en el predial frente al año inmediatamente anterior para bienes y predios que tengan un avalúo entre 135 SMMLV y 250 SMMLV. Es decir, que su avalúo vaya entre $156.600.000 y $290.000.000.

Aumento de hasta el 150 % en el predial frente al año inmediatamente anterior para bienes y predios que tengan un avalúo catastral entre 250 SMMLV y 350 SMMLV. Es decir, precios con avalúo entre $290.000.000 y $406.000.000.

Aumento de hasta el 200 % en el predial frente al año inmediatamente anterior para bienes y predios con avalúos entre 350 SMMLV y 500 SMMLV. Es decir, bienes con avalúo entre $406.000.000 y $580.000.000.

Aumento de hasta el 300 % en el predial frente al año inmediatamente anterior para bienes y predios con avalúos sea superior a los 500 SMMLV. Es decir, con un avalúo superior a $580.000.000.

Jaime Alberto Camal, presidente de Fenaloco Reforma laboral
El presidente de Fenalco, Jaime Alberto Cabal, habló del incremento que habría en inmuebles en su impuesto predial y lanzó alertas. Foto: archivo Valora Analitik

El texto completo del decreto se puede descargar haciendo clic aquí.

Al conocer el proyecto, el presidente de Fenalco, Jaime Alberto Cabal, indicó que, a modo de ejemplo, el propietario de un inmueble de estrato 3 de $400 millones podría pasar de pagar $1,9 millones de impuesto predial a $3,4 millones. Así mismo, que un predio estrato 1 de $200 millones pasaría de pagar un impuesto de $800 mil a $1,2 millones.

Para el jefe de Fenalco, “el proyecto afecta el derecho a la vivienda digna al gravar, excesivamente, la aspiración de tener techo propio. Además, segmentos como el de los pensionados, que viven de unos ingresos de subsistencia, y familias que viven en inmuebles propios, que no les generan ingresos, se verían obligados a vender sus propiedades porque no podrían pagar el predial incrementado en forma exponencial”.

¿Quiénes tendrían que pagar más predial y quiénes no?

La propuesta del Gobierno Petro para establecer límites en los aumentos del impuesto predial unificado no afectará a ciudades capitales como Bogotá que tienen un régimen propio de impuestos que definen las autoridades locales, según confirmado fuentes distritales a Valora Analitik.

«Los límites de crecimiento del impuesto predial unificado que rigen en Bogotá no se ven afectados por el proyecto de ley radicado por el Gobierno, por cuanto el Distrito Capital cuenta con un régimen especial en materia fiscal, reconocido en la Constitución Política y el Decreto Ley 1421 de 1993. En armonía con lo anterior, el proyecto de ley señala expresamente que Bogotá podrá decidir si acoge o no las modificaciones allí previstas», dijo Pablo Verástegui, director de impuestos de la capital.

Dentro de la exposición de motivos se indica que los nuevos topes del aumento del predial se harán, en caso de ser aprobado por el Congreso, dependiendo del uso del bien y del terreno, al tiempo que tendrán algunas excepciones como las siguientes:

Otro de los argumentos que tiene el proyecto de ley del Gobierno Petro es que los municipios deben tener mejor información de los dueños, los bienes y los predios para, así mismo, tener un mejor recaudo tributario local.

Así mismo, se argumenta que el proyecto “favorecerá el fortalecimiento de las finanzas públicas territoriales en la medida en que estos límites van más allá del incremento del IPC y, por tanto, el solo hecho de desindexarlo de este índice significaría un incremento futuro de las finanzas”.

Eso, en la práctica, significa que la idea del Gobierno del presidente Petro y de sus ministros es que el impuesto predial tenga un aumento significativamente superior a la inflación (que a octubre va en 10,4 %) y que se basará en el avalúo catastral de cada bien o predio ya sea urbano o rural.

Municipios mantendrán independencia

Dentro del proyecto de ley también se aclara que “previendo efectos indirectos o posibles excesos en el cobro, se aclara que el impuesto predial unificado no es referente para otorgar beneficio ni base de otras cargas como plusvalía, contribución de valorización, de delineación urbana, ni afecta el patrimonio tenido en cuenta para el impuesto de renta”.

Así mismo, se indica con énfasis que la propuesta del Gobierno Nacional “no sustituye el poder tributario local, puesto que cada municipio o distrito puede ajustar sus tarifas o establecer límites con el fin de profundizar en la progresividad y en la prevención de excesos”.

No solo eso, el Gobierno Petro advierte y defiende su proyecto indicando que sabiendo la desactualización que tienen los avalúos prediales en el país, “los porcentajes propuestos como límites de incremento del impuesto predial unificado resultan razonables y proporcionales”.

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