Mecanismo de Protección al Cesante

Mecanismo de Protección al Cesante: 4 millones de colombianos han encontrado empleo a través del programa

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El Mecanismo de Protección al Cesante (MPC) es un programa que tiene como fin garantizar la protección social de los trabajadores en caso de quedar desempleados, manteniendo el acceso a salud, el ahorro a pensiones, subsidio familiar y el acceso a servicios de intermediación y capacitación laboral.

Así mismo, las Cajas de Compensación Familiar han trabajado en la creación y consolidación de este mecanismo como un ecosistema de gestión del talento en los territorios, mediante el cual lidera la entrega de las prestaciones económicas, capacitación para la reinserción laboral y de trabajadores activos, agencias de gestión y colocación, y desde el 2020, el componente de fomento a las pequeñas y medianas empresas.

Sobre las prestaciones económicas, conocido como el subsidio al desempleo, es importante destacar la contribución de las Cajas durante la crisis de empleo generada por la pandemia.

Entre marzo de 2020 y junio de 2022, 193.000 personas se beneficiaron con la continuidad de sus aportes al Sistema de Seguridad Social en Salud y Pensiones y una transferencia de 2 smmlv (Salario Mínimo Mensual Legal Vigente).

En 2022, de acuerdo con información de la Superintendencia Familiar, se habían entregaron 161.586 subsidios, aportando más de $489.000 millones para la protección de los ingresos de los cesantes.

Por ejemplo, 40.000 primeros empleos que colocó a 54.094 personas en su primer trabajo, según información del Departamento Nacional de Planeación y Estado Joven, logró beneficiar a 8.098 jóvenes en prácticas del Estado.

Adicionalmente, con el propósito de mejorar la interacción entre la oferta y demanda laboral, se creó la Red de Prestadores del Servicio Público de Empleo que en la actualidad cuenta con 178 prestadores autorizados que agrupan a 690 puntos de atención, de los cuales un 38 %, es decir 267, son de las Cajas de Compensación Familiar, siendo la red más grande del país.

Por su parte, un 23 % son de la Agencia Pública de Empleo y el restante se dividen entre bolsas de empleo, entes territoriales, agencias privadas con ánimo de lucro y agencias privadas no lucrativas.

“Las Cajas han logrado promover la empleabilidad de grupos poblacionales de difícil acceso, apostando por la implementación de rutas diferenciadas para mujeres, jóvenes, población víctima, migrantes, discapacitados entre otros. Esto nos ha permitido brindar un acompañamiento especializado a cada población y generar espacios de articulación institucional en los territorios”, comentó Adriana Guillén Arango, presidenta ejecutiva de Asocajas.

Empleo en los jóvenes
Empleo en los jóvenes. Foto: cortesía Alcaldía de Barranquilla

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¿Quiénes pueden acceder al Mecanismo de Protección al Cesante?

Todos los trabajadores del sector público y privado que hayan realizado aportes a las Cajas de Compensación Familiar durante al menos un año, continuo o discontinuo, en el transcurso de los últimos tres años.

Trabajadores independientes o cuenta propia que hayan realizado aportes por lo menos dos años, continuos o discontinuos, en el transcurso de los últimos tres años.

Requisitos para acceder al programa

  • Que su situación laboral haya terminado por cualquier causa o en el caso de ser independiente su contrato haya cumplido con el plazo de duración pactado y no cuente con ningún otro o no cuente con ninguna fuente de ingresos.
  • Que hayan realizado aportes durante un año, continuo o discontinuo, a una Caja de Compensación Familiar en el transcurso de los últimos tres años para el caso de los trabajadores dependientes y dos años, continuos o discontinuos, para los independientes.
  • Inscribirse en cualquiera de los servicios de empleo autorizados pertenecientes a la Red de Servicios de Empleo y desarrollar la ruta hacia la búsqueda de empleo.
  • Estar inscrito en programas de capacitación y re-entrenamiento en los términos dispuestos por la reglamentación que expida el Gobierno Nacional.
  • Para tener derecho al incentivo monetario por el ahorro voluntario de sus cesantías, quienes devenguen hasta dos SMMLV deberán haber ahorrado como mínimo el 10 % del promedio de su salario mensual del último año. Para quienes devenguen más de 2 SMMLV el ahorro mínimo deberá ser de 25 %.
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