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Se reconoce desconexión laboral a trabajadores y servidores públicos en Colombia

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Con el paso del tiempo ha tenido prioridad a la salud mental de empleados ante resultados, por ello la desconexión laboral fue reconocida como un derecho humano para todos los empleados de Colombia.

Así lo decretó la Corte Constitucional este 30 de agosto con la sentencia C-331 de 2023 tras resolver una demanda de inconstitucionalidad presentada en contra del literal a del artículo 6 de la Ley 2191 de 2022.

“Los trabajadores y servidores públicos que desempeñan cargos de dirección, confianza y manejo, tienen derecho a la desconexión laboral, la cual no estará atada al límite de la jornada laboral, pero sin que implique afectar el contenido mínimo del derecho fundamental al descanso.

Para el efecto deberán atenderse criterios de necesidad y proporcionalidad, de acuerdo con la naturaleza de sus funciones y las condiciones propias de su vinculación laboral, atendiendo lo definido en la presente decisión”, se aprecia en la sentencia.

Pues el derecho al descanso, tiempo libre, gozar de tiempo de calidad con familiares, amigos, etc. estaba siendo vulnerado para trabajadores públicos de altos cargos.

Por ello, quedó esclarecido que la desconexión laboral no es solo para unos minutos de descanso, es para que decidan si van al gimnasio un rato, hacen compras, van de mercado, al cine, leen su libro favorito, apartan una cita médica, entre otras opciones.

“El descanso es un espacio autónomo y libre en el que las personas pueden decidir qué hacer y qué no fuera de su entorno laboral”, considera la Corte Constitucional.

Vale la pena recordar que el 21 de abril de 2023 la Procuradora General, Margarita Cabello, señaló que la norma que regula los periodos de desconexión laboral no cobijaba a los trabajadores y servidores públicos que desempeñan cargos de dirección, confianza y manejo.

El desempeño de esos cargos es una razón válida constitucionalmente para establecer un trato diferencial entre quienes ocupan dichas posiciones de privilegio y los demás empleados”, justificó en esa época la procuradora.

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¿Tiene derecho a la desconexión laboral con cualquier contrato?

Sí, en Colombia hay contrato por prestación de servicios, a término fijo, a término indefinido, por obra labor, entre otros, pero sin importar el que esté vigente con su empresa puede acceder a la desconexión laboral.

Esta desconexión se entiende como el derecho de los empleados a no tener contacto, por cualquier medio o herramienta, para cuestiones relacionadas con su ámbito o actividad laboral, ni en vacaciones o días de descanso.

El trabajador que considere vulnerado su derecho a la desconexión laboral podrá poner en conocimiento del Ministerio del Trabajo la situación mencionada para que la empresa cumpla con esta obligación y sea percibida como acoso laboral.

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