Gobierno Petro plantea quedarse con parte de electrificadoras a cambio de préstamos
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Gobierno Petro propone cambios en mercado de energía para aliviar tarifas

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El presidente de Colombia, Gustavo Petro, dio a conocer el borrador del decreto con el que pretende cambiar el mercado de energía. Allí se exponen las políticas y lineamientos para promover la eficiencia y la competitividad del servicio público domiciliario de energía eléctrica.

A través su cuenta de Twitter, el presidente compartió el borrador del decreto, el cual modifica y adiciona cambios al decreto 1073 de 2015 del sector Minas y Energía.

El Ministerio de Minas y Energía ha llamado a la participación de empresas, entidades, gremios, usuarios y representantes de ligas para contribuir en la elaboración de la segunda fase del Pacto por la Justicia Tarifaria.

En este proceso, se recibieron 117 propuestas y comentarios, de los cuales 66 se refieren a necesidades de cambios normativos relacionados con el funcionamiento del sector eléctrico colombiano.

El objetivo es que el documento pueda recibir observaciones, comentarios y propuestas al referido proyecto, las cuales deberán hacerse diligenciando el formulario para recepción de comentarios, y deberá enviar conservando el formato editable al correo electrónico [email protected] hasta el miércoles 19 de abril de 2023.

Lineamientos para el aseguramiento de la prestación del servicio.

En primera instancia, el documento explica que se contará con la participación ciudadana en los procesos de regulación y formulación de política pública.

Es por eso que, el Ministerio de Minas y Energía y la Comisión de Regulación de Energía y Gas, desarrollarán y ejecutarán las acciones necesarias para promover la participación de asociaciones de usuarios, ligas de usuarios, grupos de valor y de la ciudadanía en general en los procesos de regulación y formulación de política pública del sector.”

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Condiciones diferenciales

Se requiere la adopción de medidas para garantizar la prestación del servicio bajo condiciones especiales en áreas particulares y en caso de retirada del mercado de los agentes comercializadores.

Como resultado, la CREG (Comisión de Regulación de Energía y Gas) tiene la responsabilidad de establecer las normas para el esquema de Prestador de Última Instancia (PUI), teniendo en cuenta los criterios que se detallan a continuación.

a) Propiciar esquemas competitivos para la selección del PUI.

b) Considerar separación de riesgos de cartera entre agentes que atienden

mercados competitivos y agentes que atienden usuarios de áreas especiales.

c) Incorporar en el reconocimiento de los costos de comercialización de

prestadores que atienden mercados competitivos, los costos de la prestación del servicio atendidos por el PUI.”

Participación en el Mercado Mayorista

La CREG (Comisión de Regulación de Energía y Gas) desarrollará los procedimientos pertinentes para permitir que los usuarios y agregadores de demanda puedan ofrecer de forma voluntaria reducciones o desconexiones de demanda en el Mercado de Energía Mayorista.

El objetivo es mejorar la fiabilidad del Sistema Interconectado Nacional, apoyar las Obligaciones de Energía Firme, reducir los precios en la Bolsa de Energía y disminuir los costos de las restricciones.

Adecuación de los mecanismos de medición a los usuarios residenciales, industriales y comerciales

El texto se refiere a medidas de flexibilización que se aplican a los usuarios residenciales de energía eléctrica que decidan implementar esquemas de infraestructura de medición avanzada, también conocidos como «medidores inteligentes». Estos dispositivos permiten medir la energía consumida de manera más precisa y en tiempo real, lo que facilita una gestión más eficiente del consumo de energía.

La medida establece que los usuarios residenciales que decidan implementar estos medidores inteligentes y cumplir con las normas y reglamentaciones necesarias para su instalación, estarán exentos del cobro de energía reactiva, independientemente de su nivel de consumo de energía activa.

La energía reactiva es aquella que se utiliza para mantener los equipos eléctricos en funcionamiento, pero que no se transforma en trabajo útil. Esta energía puede generarse por la presencia de campos eléctricos y magnéticos que se producen en la red eléctrica.

En resumen, la medida establece que aquellos usuarios residenciales que implementen medidores inteligentes estarán exentos del cobro de la energía reactiva que consuman, lo que puede representar un ahorro significativo en su factura de energía eléctrica.

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Compras de Energía para el Mercado Regulado

La CREG establecerá un marco regulatorio que permita una mayor competencia en el mercado de energía eléctrica, lo que se traducirá en precios más competitivos para los usuarios del mercado regulado.

Además, la regulación deberá garantizar que los mecanismos de compras de energía mediante convocatorias públicas se ajusten las directrices mencionadas en el artículo 2.2.3.2.5.3.

En resumen, la CREG revisará y ajustará el esquema regulatorio de garantías y de limitación de suministro con el objetivo de optimizar las coberturas exigidas para las transacciones en el mercado mayorista de energía, buscando reducir los costos de las garantías, incluir mecanismos financieros existentes y flexibilizar los montos y periodicidad de las garantías.

Respecto a la publicación del borrador, Sandra Fonseca, directora ejecutiva de Asoenergía, explicó que “para la demanda y en especial para los UNR (usuarios no regulados) es una propuesta y un decreto muy positivo”.

Fonseca además mencionó que, aunque es una medida positiva, es una norma general que da prioridades al regulador. “debe implementarse con resoluciones específicas de la CREG, pero para los usuarios puede ser un gran paso si se implanta oportunamente”.

La directora de Asoenergía destacó el artículo 9 sobre criterios de competencia en la bolsa de energía. “de implementarse en equilibrio para la demanda puede ser una oportunidad para que los precios sean más competitivos” afirmó la directora.

Finalmente, Sandra Fonseca, recalcó que, “ese especialmente importante el artículo de participación de los usuarios en el mercado de energía, el cual debe precisarse para que puedan actuar directamente”.  

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