logo consejo de estado
| |

Ratifican tope de 25 salarios mínimos mensuales para pago de pensiones en Colombia

Síguenos en nuestro canal de noticias de WhatsApp

El Consejo de Estado ratificó la sentencia que impuso un tope de 25 salarios mínimos mensuales vigentes al pago de pensiones en Colombia.

Así mismo, dejó en claro el hecho de que no es necesario obtener el consentimiento del beneficiario, “ni adelantar un procedimiento de lesividad” para llevar a cabo el proceso.

La ratificación se da luego de que la Corte Constitucional declarara inexequible el régimen pensional de congresistas y magistrados.

Adicionalmente, explicó el Consejo de Estado que, para su puesta en marcha “bastaba con que los fondos emitieran un acto administrativo que, de manera automática, ordenara reducir a un máximo de 25 salarios las pensiones que fueren superiores a ese monto, a partir del 1 de julio del 2013”.

Antecedentes de la decisión

En el marco del proceso, el Consejo de Estado negó las pretensiones para que el Fondo de Previsión Social del Congreso (Fonprecon) volviera a pagar la pensión a un excongresista, por un valor superior al límite señalado.

“Además, pretendía que esa entidad le pagara la diferencia originada entre el monto original de su mesada y el que empezó a percibir desde la aplicación de la reducción”.

Recomendado: Corte Constitucional de Colombia se pronuncia sobre indemnización sustitutiva en pensiones

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó las pretensiones de la demanda. “Sostuvo que en la sentencia C-256 del 2013 la Corte Constitucional explicó que no era cierto que los regímenes especiales no pudieran estar sujetos a ninguna reducción, y de ahí que las pensiones basadas en la aplicación del artículo 17 de la Ley 5ª de 1992, en ese entonces declarado inconstitucional, sí tuvieran que sujetarse al tope de 25 salarios mínimos mensuales vigentes”, añadió el Consejo de Estado.

Una vez surtido ese proceso, el Consejo de Estado ratificó el fallo del Tribunal. “Sostuvo que Fonprecon no desconoció el derecho al debido proceso del excongresista al haber reducido el valor de su pensión de manera automática”.

Convierta a ValoraAnalitik en su fuente de noticias

Publicaciones Similares