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Este es el calendario tributario de 2024 para Bogotá

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La Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá dio a conocer el calendario tributario para 2024, en el que se establecen los lugares, plazos y descuentos definidos para los contribuyentes.

En relación con el impuesto predial podrán declarar y pagar el tributo sin descuento ni sanción hasta el 14 de junio; sin embargo, podrán obtener el 10 % de descuento declarando y pagando hasta el 26 de abril.

Fechas impuesto predial
Fechas impuesto predial 2024

Así mismo, los ciudadanos podrán pagar su impuesto predial en cuatro cuotas, sin intereses, siempre que los contribuyentes que deseen acogerse a al Sistema de Pago Alternativo por Cuotas (SPAC) presenten una declaración inicial a través de la Oficina Virtual de la Secretaría de Hacienda a más tardar el 10 de mayo de 2024.

Las fechas para realizar los pagos son las siguientes: primera cuota, el 7 de junio; segunda, el 9 de agosto; tercera, el 4 de octubre; y cuarta, el 6 de diciembre.

Secretario de Hacienda, Juan Mauricio Ramírez.

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¿Cuándo debe pagar el impuesto de su carro?

Por otra parte, quienes declaran y pagan el impuesto sobre vehículos tienen como plazo máximo el 24 de mayo de 2024 para acceder al descuento del 10 % y hasta el 28 de junio para declarar y pagar sin descuento ni sanción.

La resolución del 18 de diciembre del 2023, expedida por la Secretaría Distrital de Hacienda, determina también los plazos para declarar y pagar otros impuestos como: industria y comercio, delineación urbana; fondo de pobres, azar y espectáculos; consumo de cigarrillos y tabaco nacionales y extranjeros, entre otros.

Las fechas para el pago de impuestos de su empresa

Los contribuyentes pertenecientes al régimen común del impuesto de industria y comercio, cuyo impuesto a cargo (FU), correspondiente a la sumatoria de todo el año gravable 2023, exceda de 391 UVT, es decir, de $16.583.092, y los agentes retenedores de dicho tributo, deberán declarar y pagar las obligaciones tributarias correspondientes a cada bimestre del año gravable 2024, en las siguientes fechas:

Impuesto Industria y Comercio
Impuesto Industria y Comercio

Los contribuyentes pertenecientes al régimen común, cuyo impuesto a cargo (FU) correspondiente al año gravable 2023 no exceda de 391 UVT, es decir, estarán obligados a presentar una única declaración anual por dicho año gravable, a más tardar el 28 de febrero de 2025.

Los contribuyentes pertenecientes al régimen preferencial estarán obligados a presentar por los medios virtuales adoptados por la Secretaría Distrital de Hacienda, una única declaración anual por el año gravable 2024, a más tardar el 28 de febrero de 2025.

Conozca el calendario completo en este enlace

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