ICA del tercer bimestre

Pronto vencerá el plazo para pagar la cuarta cuota del impuesto ICA, así lo puede hacer

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La Secretaría Distrital de Hacienda hace un llamado a los contribuyentes de Bogotá para pagar la cuarta cuota del impuesto de Industria, Comercio, Avisos y Tableros, ICA.

Hasta el viernes 20 de octubre se puede pagar esta obligación por los ingresos obtenidos en julio y agosto de 2023 si hace parte del régimen común bimestral.

Es decir, deben responder por este impuesto los contribuyentes que, durante el año pasado, 2022, declararon un impuesto superior a $14.859.564 (391 UVT).

De acuerdo con la Secretaría Distrital de Hacienda en Bogotá hay 206.120 contribuyentes que deben cumplir con este impuesto para la vigencia 2023, entre los cuales más de 23.000 lo hacen de forma bimensual con “un alto nivel de pago” y “excelente cultura tributaria”.

Si no desea responder, además por sanciones e intereses moratorios, es recomendable que se ponga al día con esta obligación.

Impuestos en Bogotá
Impuestos en Bogotá: así puede cancelar lo del ICA. Foto: tomada de Freepik

¿Cómo realizar el pago del ICA en este cuarto ciclo?

  • Haga clic aquí para entrar al sitio web de la SDH.
  • En la barra superior de la página, pulse el botón que dice ‘Oficina virtual’.
  • Ubique el recuadro con el enunciado ‘Oficina Virtual Impuesto de Industria y Comercio’ y haga clic en el botón ‘Ingresar’.
  • Ingrese con su usuario y contraseña.
  • Seleccione el impuesto de Industria y Comercio (ICA) y la opción ‘Declarar y pagar en tres pasos’.

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  • Dé clic en ‘Liquidar impuesto’ y diligencie la información solicitada. En este punto, debe tener a la mano el certificado de existencia y representación legal y los estados financieros en donde estén registrados los ingresos por las actividades económicas.
  • Verifique los datos de identificación y registra los del representante legal o contribuyente. Si cuenta con revisor fiscal, digite la información correspondiente.

A través de la Oficina Virtual, podrá elaborar la declaración y presentarla con firma electrónica o digital. Para ello, elija la opción ‘Generar declaración para firma electrónica’, luego de lo cual se desplegará una ventana emergente para aceptar la generación del archivo en formato PDF.

Tenga presente que declaraciones firmadas electrónicamente no serán recibidas para pago en ventanillas de bancos.

Una vez generado el PDF de la liquidación, ingrese nuevamente a la Oficina Virtual, y haga clic en ‘Presentar declaración’, seleccione ‘Con firma electrónica’. Aparecerá la información de la declaración generada y podrá hacer clic sobre el botón para firmarla.

Valide los datos que arroja el sistema para presentar la declaración y haga clic en ‘Aceptar’.

El sistema le mostrará un mensaje informándole que la declaración quedó presentada exitosamente.

Finalmente, vuelva a la Oficina Virtual y selecciona ‘Pagar impuesto’.

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