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Supersociedades ratificó decisión que beneficia a afectados por caso Estraval

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La Superintendencia de Sociedades confirmó la decisión tomada por la Delegatura de Procedimientos Mercantiles, relacionada al caso Estraval en la que se realizó la compra de 46.052 acciones por parte de la sociedad Mercantil Colpatria.

De acuerdo con el fallo, esta entidad dispuso revocar la operación accionaria y en su lugar ordenar la devolución de cerca de $13.000 millones, como recursos para resarcir a los afectados involucrados en el proceso de liquidación de la sociedad Estraval.

“El procedimiento tuvo su origen cuando la Delegatura de Procedimientos Mercantiles, profirió sentencia de única instancia que ordenó la anulación de la operación accionaria, Contra aquella decisión, fue interpuesto un recurso de apelación, mismo que fue negado por tratarse de un procedimiento de única instancia cuya providencia no es susceptible de ser impugnada”, explica la Supersociedades.

Ante la negativa de la Superintendencia de Sociedades, fue interpuesta una acción de queja, cuyo resultado fue el de tener por bien denegado el recurso de apelación, decisión tomada por el Tribunal Superior de Bogotá en junio de 2022.

“La providencia del Tribunal fue recurrida en sede de tutela ante la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, fallo de tutela sobre el cual la Sala Laboral decidió una solicitud de adición el 14 de diciembre de 2022, confirmando lo dispuesto por la Sala Civil”, indica la entidad.

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Supersociedades. Foto: Archivo Valora Analitik

Decisión tomada para el caso Estraval

Entre tanto, dichos pronunciamientos destacaron que tanto la decisión tomada por la Superintendencia de Sociedades, como la decisión del Tribunal Superior de Bogotá, cierran toda discusión sobre la controversia generada en el procedimiento especial en relación con la posibilidad de la doble instancia.

Al respecto, el superintendente de Sociedades, Billy Escobar Pérez, precisó que “la Corte Suprema de Justicia, previa consideración a la imposibilidad de la doble conformidad en procedimientos concursales de única instancia estimó ajustada a derecho la sentencia proferida por la Delegatura de Procedimientos Mercantiles”.

Finalmente, la sociedad Mercantil Colpatria acudió en solicitud de revisión constitucional ante la Corte Constitucional, órgano que negó dicha solicitud.

En ese orden de ideas, los jueces de la República dejaron en firme la anulación de la operación accionaria y la utilización de cerca de $13.000 millones para reparar aproximadamente a 1.900 afectados.

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