Cuándo hay una invalidez laboral en Colombia
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¿Qué es una invalidez laboral en Colombia y cuándo aplica?

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Los trabajadores colombianos, tanto dependientes como independientes, tienen una serie de derechos y coberturas en caso de sufrir afectaciones por el desarrollo de una actividad laboral, sea esta en modalidad dependiente o independiente. La invalidez laboral en Colombia es una de estas herramientas.

Varios son los casos que, en el país, un trabajador debe optar por recurrir a la invalidez laboral en Colombia como medida para buscar una suerte de indemnización y autorización para tener una pensión especial.

Hay entonces algunos casos en los que esa declaratoria se toma como medida de protección para los trabajadores del país.

Recuerdan desde la EPS Sura que una invalidez laboral en Colombia debe tener su causa justificada y respectivo soporte médico.

Lo que hay que tener en cuenta para una invalidez laboral en Colombia

De esta manera, se considera invalidez cuando la persona que, por cualquier causa, de cualquier origen, no provocada intencionalmente, hubiese perdido el 50 % o más de su capacidad laboral.

“Deben tener en cuenta que dicho dictamen es el documento que, con carácter probatorio, contiene el concepto experto que los calificadores emiten sobre el grado de la incapacidad permanente”, explica la normativa colombiana.

Lo anterior fue regulado por el Decreto 917 del año 1999 en Colombia y también pone de manifiesto que también hay algunos parámetros para entender qué es una incapacidad parcial.

En este caso, dice la reglamentación, se considera con incapacidad permanente parcial a la persona que, por cualquier causa, de cualquier origen, presente una pérdida de la capacidad laboral igual o superior al 5 % e inferior al 50 %.

Información de la Superintendencia Financiera de Colombia permite ver que, a octubre del año pasado, había 1.845.058 de pensionados en Colombia, de los cuales 1.565.696 pertenecen al régimen público y 279,362 del lado de los fondos privados.

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“De este total el 68,8 % (1.269.275) fueron pensionados por vejez, 24,1 % (445.462) por sobrevivencia y 7,1 % (130.321) por invalidez”, asegura la Superintendencia Financiera.

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